Importancia y clasificación
Su importancia radica en que estos elementos actúan como zonas de amortiguación frente a las inundaciones ocasionadas por eventos de lluvia extrema y favorecen la conectividad ecosistémica en el Distrito Capital.
Según su origen, los cuerpos hídricos reconocidos en el Sistema Hídrico se dividen en dos grupos: naturales y artificiales.
Régimen aplicable y ronda hídrica
Criterios normativos que definen el manejo y la delimitación de protección de los cuerpos de agua del Sistema Hídrico.
Régimen de uso y manejo
Frente a su uso y manejo, los regímenes aplicables a los cuerpos de agua que conforman el Sistema Hídrico del Distrito parten de las bases definidas por el Decreto Nacional 2245 de 2017 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, que establece los criterios para el acotamiento de rondas hídricas de cuerpos hídricos naturales.
Ronda hídrica
La ronda hídrica corresponde a la zona de protección que debe definirse alrededor de cada cuerpo de agua. Está conformada por dos áreas: la faja paralela a la línea de mareas máximas o al cauce permanente, y el área de protección o conservación aferente. El artículo 61 del Decreto Distrital 555 de 2021 define cada una de estas zonas.
Actualización cartográfica
En el marco de la actualización de la cartografía y los planos del Plan de Ordenamiento Territorial, el Sistema Hídrico se ajustó y actualizó mediante las resoluciones 1023, 1024 y 1106 de 2025, y 0161 de 2026, expedidas por la Secretaría Distrital de Planeación.

