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SDA · Control Ambiental · Suelo

Residuos


La Secretaría Distrital de Ambiente, a través de la Subdirección del Recurso Suelo, realiza el seguimiento y control ambiental de actividades relacionadas con Residuos Peligrosos (RESPEL) industrial, Residuos Peligrosos (RESPEL) hospitalarios, atención en salud y otras actividades, Residuos de Construcción y Demolición (RCD) y llantas, con el fin de proteger el suelo y prevenir afectaciones al ambiente y la salud.

¿Qué es un residuo peligroso?

Es aquel residuo o desecho que, por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, infecciosas o radiactivas, puede causar riesgos, daños o efectos no deseados, directos e indirectos, a la salud humana y al ambiente.

Así mismo, se consideran residuos peligrosos los empaques, envases y embalajes que estuvieron en contacto con ellos. (Artículo 2.2.6.1.1.3 del Decreto 1076 de 2015).

Los usuarios podrán realizar la clasificación de los residuos o desechos peligrosos de acuerdo con los incluidos en los Anexos I y II del Decreto 1076 de 2015.

Un ejemplo de residuos peligrosos son los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), pinturas y solventes, bombillos, luminarias, baterías de plomo, aceites usados lubricantes, de motor, de transmisión o hidráulicos, envases de productos químicos, entre otros.


Normativa

Gestión de Residuos Peligrosos

Conozca las obligaciones de los generadores de Residuos Peligrosos, las acciones de seguimiento y control ambiental de la Secretaría Distrital de Ambiente y los requisitos para su adecuada gestión y manejo en Bogotá D.C.

Residuos Peligrosos

La Subdirección del Recurso Suelo ejerce control ambiental sobre establecimientos de comercio, industria y servicios que generan residuos peligrosos en Bogotá. Esto incluye:

Controlar y hacer seguimiento ambiental a los residuos peligrosos.

Realizar control al cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades del generador de residuos peligrosos, de acuerdo con el artículo 2.2.6.1.3.1 del Decreto 1076 de 2015.


Normativa

¡Tenga en cuenta!

La Secretaría Distrital de Ambiente NO presta servicios de recolección, transporte, aprovechamiento o disposición final de ningún tipo de residuo. Estas actividades corresponden a los generadores de residuos, gestores autorizados o entidades competentes, según el tipo de residuo y la normatividad vigente.

La Secretaría Distrital de Ambiente NO adelanta acciones de administración ni supervisión sobre actividades relacionadas con la prestación del servicio público de aseo.

Realiza la evaluación, el seguimiento y el control ambiental de los generadores de Residuos Peligrosos (RESPEL) industrial, Residuos Peligrosos (RESPEL) hospitalarios, atención en salud y otras actividades, Residuos de Construcción y Demolición (RCD) y llantas en Bogotá.

Atiende denuncias y verifica el cumplimiento de la normativa ambiental asociada a actividades que puedan generar afectaciones al suelo.

Emite y adelanta las actuaciones administrativas de su competencia para la protección del recurso suelo.


Normativa

¿Cómo reportar una gestión y/o manejo inadecuado de residuos sobre los cuales la Secretaría Distrital de Ambiente realiza control?

Para reportar el manejo inadecuado de estos residuos, usted puede comunicarse con los canales oficiales de la Secretaría Distrital de Ambiente. Puede radicar su solicitud en las instalaciones de la entidad, en los SuperCADE o en los demás centros de atención disponibles para consulta en la página web de la Secretaría. También puede acercarse a las ventanillas de atención a la ciudadanía, comunicarse al teléfono 3778899, extensión 8904, o escribir al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Atención presencial

Puede radicar su solicitud en las instalaciones de la entidad, en los SuperCADE o en los demás centros de atención disponibles para consulta en la página web de la Secretaría.

Atención telefónica

comunicarse al teléfono 3778899, extensión 8904

Correo electrónico

escribir al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Al momento de presentar la denuncia

Al momento de presentar la denuncia, y en la medida de lo posible, aporte información adicional sobre los presuntos infractores. Para ello, se recomienda tener en cuenta los siguientes aspectos:

Identificación del presunto infractor, como número de cédula, placa del vehículo, razón social u otros datos que permitan su individualización.

Descripción clara del lugar donde ocurre la conducta, indicando preferiblemente la dirección más cercana al sitio de los hechos. Si es posible, incluya las coordenadas, así como el día y la hora en que se presentó el evento.

Tipo de residuo dispuesto de manera inadecuada, por ejemplo: Residuos de Construcción y Demolición (RCD), llantas, Residuos Peligrosos (RESPEL) industrial, Residuos Peligrosos (RESPEL) hospitalarios, atención en salud y otras actividades.

Marco Normativo de Referencia

Consulte la normativa aplicable a la gestión de residuos, organizada de acuerdo con los principales tipos de residuos y ámbitos de regulación.

Normativa Transversal


1. Superior
Constitución Política de Colombia
Artículos 79 y 80, los cuales consagran el derecho fundamental a un ambiente sano y el deber del Estado de planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales.

2. Nacional (Leyes y Decretos Reglamentarios)
Decreto-Ley 2811 de 1974
Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente.

Ley 99 de 1993
Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones.

Ley 1333 de 2009
Establece el procedimiento sancionatorio ambiental a nivel nacional.

Ley 2387 de 2024
Norma que modifica la Ley 1333 de 2009 respecto del régimen sancionatorio ambiental.

Decreto 1076 de 2015
Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible.

3. Distrital
Decreto Distrital 646 de 2025
Por medio del cual se expide el Decreto Único Distrital del Sector Ambiente.

Normativa Residuos Industriales


Ley 2387 de 2024
Modifica Ley 1333 de 2009 (régimen sancionatorio).

Decreto 1076 de 2015
Título VI, Gestión de RESPEL.

Resolución 839 de 2023
RUA y RETC.

Decreto Distrital 632 de 2025
Mecanismo para RESPEL abandonados en espacio público.

Resolución 222 de 2011
Modificada por la Resolución 1741 de 2016.

Resolución 2238 de 2023
Normativa relacionada con la gestión de aceites usados en el Distrito Capital.

Residuos Hospitalarios


Decreto 780 de 2016
Decreto Único Reglamentario del Sector Salud.

Resolución 591 de 2024
Manual para la Gestión Integral de Residuos en la Atención en Salud.

Resolución 05262 de 2021
Registro de microgeneradores del sector salud.

Resolución 839 de 2023
RUA y RETC.

Residuos de Construcción


Proyectos registrados antes del 24 de noviembre de 2021
Aplica la Resolución 1115 de 2012 y la Resolución 0932 de 2015.

Proyectos inscritos entre el 24 de noviembre de 2021 y el 31 de diciembre de 2022
Aplica la Resolución 472 de 2017.

Proyectos registrados entre el 24 de noviembre de 2021 y el 31 de octubre de 2023
Aplica la Resolución 1257 de 2021.

Proyectos registrados desde el 1 de noviembre de 2023
Aplica el Decreto Distrital 646 de 2025, que deroga y compila el Decreto 507 de 2023.

Residuos de Llantas


Resolución 1326 de 2017
Sistemas de recolección selectiva y gestión ambiental de llantas usadas.

Decreto Distrital 646 de 2025
Capítulo 7 (compila Decretos 442/2015 y 265/2016).

Acuerdo Distrital 602 de 2015
Plan estratégico para llantas usadas en Bogotá.

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