En la Secretaría Distrital de Ambiente realizamos actividades de intervención para promover la gobernanza, la autorregulación y el control del ruido en el distrito capital
El desarrollo de diversas actividades económicas, como el comercio, los servicios y la industria, puede generar emisiones sonoras que, aunque se produzcan al interior de un predio privado, se propagan hacia el espacio público o al exterior y pueden ocasionar una presunta afectación al ambiente, de acuerdo con las disposiciones ambientales vigentes.
En este contexto, el ruido se define como todo sonido excesivo y no deseado que resulta molesto para quien lo percibe. Se habla de emisión de ruido cuando este se origina dentro de un predio privado y se proyecta hacia el espacio público o hacia zonas aledañas habitadas.
Este fenómeno se caracteriza por ser un factor ambiental variable en el tiempo, ya que depende del manejo y control de las fuentes que lo generan. Por esta razón, es importante que los propietarios o responsables de dichas fuentes actúen de manera responsable y autorregulen sus emisiones sonoras, eviten afectar el entorno y cumplan los estándares vigentes establecidos por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
En este marco, la Secretaría Distrital de Ambiente realiza actividades de intervención relacionadas con la verificación de mecanismos y sistemas de control de ruido, de acuerdo con el artículo 2.2.5.1.5.10 del Decreto 1076 de 2015. Asimismo, realiza mediciones de emisión de ruido según el método establecido en el Capítulo I del Anexo 3 de la Resolución 0627 de 2006.
Para el desarrollo de estas actividades, la entidad cuenta con acreditación en la matriz aire–emisión de ruido, otorgada por el IDEAM bajo la NTC-ISO/IEC 17025:2017. Estas acciones se realizan en establecimientos de comercio, industria o servicios, siempre que las fuentes sonoras sean propias de la actividad económica, se encuentren al interior del predio y generen una presunta afectación al ambiente.
Con la promulgación de la Ley 2450 de 2025, conocida como "Ley contra el Ruido", se reconoce que las afectaciones generadas por el ruido tienen una naturaleza multifactorial y sectorial, lo que exige una intervención articulada entre las diferentes entidades del orden nacional y distrital.
En este sentido, la norma precisa la responsabilidad de los propietarios de las fuentes sonoras, así como de las autoridades locales y de Policía, para garantizar la sana convivencia en los territorios. Por ello, se avanza en la estructuración de un Plan de Calidad Acústica que permita fortalecer la gestión integral del ruido como un factor de alto impacto en la calidad de vida de la ciudadanía y en el desarrollo de la ciudad.
Por lo anterior, la SDA ha generado diferentes espacios de divulgación, concertación y pedagogía en los que presenta el alcance de la entidad respecto a dicha ley. Estas acciones buscan articular a todos los actores involucrados en el control del ruido, precisar las competencias y el alcance de las acciones que deben adelantarse, y promover estrategias orientadas a mitigar y reducir los impactos en la comunidad.
Legislación aplicable a emisión de ruido
Marco normativo vigente que regula el control y la gestión del ruido en el Distrito Capital.

