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Funciones y Deberes

Información de la Entidad · Secretaría Distrital de Ambiente


Las funciones de la Secretaría Distrital de Ambiente se desarrollan conforme a las disposiciones establecidas en la normativa distrital vigente, orientadas a liderar la gestión ambiental de Bogotá y promover el desarrollo sostenible del territorio, y tiene como objeto orientar, liderar, coordinar y evaluar la gestión ambiental de Bogotá, promoviendo la conservación, protección, recuperación y uso sostenible de los recursos naturales, así como el mejoramiento de la calidad ambiental y la adaptación al cambio climático en beneficio de la ciudadanía.

Funciones y Deberes de la SDA

Dentro de las principales funciones de la Secretaría Distrital de Ambiente, se encuentran

  1. Formular participativamente la política ambiental del Distrito Capital.
  2. Liderar y coordinar el Sistema Ambiental del Distrito Capital (SIAC).
  3. Liderar y coordinar el proceso de preparación de los planes, programas y proyectos de desarrollo ambiental que deban formular los diferentes organismos y entidades integrantes del Sistema Ambiental del Distrito Capital (SIAC), y en especial, asesorar a sus integrantes en la definición de los planes de desarrollo ambiental y en sus programas y proyectos en materia de protección del medio ambiente y los recursos naturales renovables, de manera que se asegure la armonía y coherencia de las políticas y acciones adoptadas por el Distrito.
  4. Ejercer la autoridad ambiental en el Distrito Capital, en cumplimiento de las funciones asignadas por el ordenamiento jurídico vigente a las autoridades competentes en la materia.
  5. Formular, ajustar y revisar periódicamente el Plan de Gestión Ambiental del Distrito Capital y coordinar su ejecución a través de las instancias de coordinación establecidas.
  6. Formular y orientar las políticas, planes y programas tendientes a la investigación, conservación, mejoramiento, promoción, valoración y uso sostenible de los recursos naturales y servicios ambientales del Distrito Capital y sus territorios socioambientales reconocidos.
  7. Promover planes, programas y proyectos tendientes a la conservación, consolidación, enriquecimiento y mantenimiento de la Estructura Ecológica Principal y del recurso hídrico, superficial y subterráneo del Distrito Capital.
  8. Formular, implementar y coordinar, con visión integral, la política de conservación, aprovechamiento y desarrollo sostenible de las áreas protegidas del Distrito Capital.
  9. Definir los lineamientos ambientales que regirán las acciones de la administración pública distrital.
  10. Definir y articular con las entidades competentes la política de gestión estratégica del ciclo del agua como recurso natural, bien público y elemento de efectividad del derecho a la vida.
  11. Formular, ejecutar y supervisar, en coordinación con las entidades competentes, la implementación de la política de educación ambiental distrital de conformidad con la normativa y políticas nacionales en la materia.
  12. Ejercer el control y vigilancia del cumplimiento de las normas de protección ambiental y manejo de recursos naturales, emprender las acciones de policía que sean pertinentes al efecto y, en particular, adelantar las investigaciones e imponer las sanciones que correspondan a quienes infrinjan dichas normas.
  13. Implantar y operar el sistema de información ambiental del Distrito Capital con el soporte de las entidades que producen dicha información.
  14. Dirigir el diseño, implementación y seguimiento de planes, programas y proyectos ambientales relacionados con la planificación urbanística del Distrito Capital.
  15. Coordinar las instancias ambientales de los procesos de integración regional.
  16. Diseñar y coordinar las estrategias de mejoramiento de la calidad del aire y la prevención y corrección de la contaminación auditiva, visual y electromagnética, así como establecer las redes de monitoreo respectivas.
  17. Fortalecer los procesos territoriales y las organizaciones ambientales urbanas y rurales.
  18. Realizar el control de vertimientos y emisiones contaminantes, disposición de desechos sólidos y desechos o residuos peligrosos y de residuos tóxicos, dictar las medidas de corrección o mitigación de daños ambientales y complementar la acción de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - EAAB- para desarrollar proyectos de saneamiento y descontaminación, en coordinación con la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos.
  19. Ejecutar, administrar, operar y mantener en coordinación con las entidades distritales y territoriales, proyectos, programas de desarrollo sostenible y obras de infraestructura cuya realización sea necesaria para la defensa y protección o para la descontaminación o recuperación del medio ambiente y los recursos naturales renovables.
  20. Promover y desarrollar programas educativos, recreativos e investigativos en materia ecológica, botánica, de fauna, medio ambiente y conservación de los recursos naturales.
  21. Desarrollar programas de arborización y ornamentación de la ciudad, en particular de especies nativas, coordinar con las entidades competentes y efectuar el registro e inventario en estas materias.
  22. Aprobar el plan de arborización urbana de la ciudad, cuya formulación estará a cargo del Jardín Botánico José Celestino Mutis.
  23. Formular y coordinar la difusión de la política rural en el Distrito Capital y brindar asistencia técnica y tecnológica, agropecuaria y ambiental a los productores rurales.
  24. Trazar los lineamientos ambientales de conformidad con el plan de desarrollo, el plan de ordenamiento territorial y el plan de gestión ambiental.
  25. Y las demás atribuciones consagradas en el artículo 23 del Acuerdo 257 de 2006 y demás normas que lo modifiquen o sustituyan.
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