Listado de entes de control que vigilan a la entidad y mecanismos de supervisión
Según el artículo 5 del Decreto 1421 de 1993 "Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá": Son organismos de control y vigilancia la: Personería, la Contraloría y la Veeduría.
Personería de Bogota. D. C:
Es el organismo de control que, en conjunto con los habitantes de la ciudad, defiende los intereses del Distrito Capital y de la sociedad en general, vigilando constantemente la conducta de los servidores públicos de la administración distrital y verificando la ejecución de las leyes, acuerdos y órdenes de las autoridades en el Distrito Capital. http://www.personeriabogota.gov.co/
Contraloría de Bogotá:
Es la entidad que vigila la gestión fiscal de la Administración Distrital y de los particulares que manejen fondos o bienes públicos, en aras del mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos del Distrito Capital. http://www.contraloriabogota.gov.co/
Veeduría Distrital:.
Es el órgano de control preventivo de Bogotá, característica que la diferencia sustancialmente de los demás entes de control. Contribuye a mejorar la gestión de las entidades distritales, a cualificar a más ciudadanía para el cuidado de lo público y a que se tomen las mejores decisiones con base en argumentos técnicos y en procesos transparentes. http://www.veeduriadistrital.gov.co/
Igualmente, según el artículo 8 del mismo Decreto, el Concejo es la suprema autoridad del Distrito Capital. En materia administrativa sus atribuciones son de carácter normativo. También le corresponde vigilar y controlar la gestión que cumplan las autoridades distritales.
Otros Organismos de Control son:
Procuraduría General de la Nación:
Corresponde la guarda y promoción de los derechos humanos, la protección del interés público y la vigilancia de la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas. Art. 117, 188 y 275 y siguientes de la Constitución Política de Colombia. www.procuraduria.gov.co/.
Contraloría General de la República:.
Vigíla la gestión fiscal y el control de resultado de la administración. Art. 117, 119 y 267 siguientes de la Constitución Política de Colombia. www.contraloriagen.gov.co.
También tienen funciones de evaluación, control y seguimiento, con carácter interno:
Oficina de Control Interno: Evalúa el estado de implementación, funcionamiento y mejoramiento del Sistema de Control Interno de la Entidad y propone las recomendaciones para su mejora continua. Tiene por objeto, evaluar los planes, programas, metas y objetivos previstos y proponer los correctivos necesarios dentro de los criterios de moralidad, eficacia, eficiencia, efectividad, economía y celeridad de la administración pública. Artículo 9 del Decreto Distrital 109 de 2009 y Ley 87 de 1993.
Oficina de Control Interno Disciplinario: Conoce los asuntos disciplinarios contra los servidores y ex servidores públicos de la entidad. (Literal del artículo 12 del Decreto Distrital 109 de 2009: Subsecretaria General y de Control Disciplinario Ejercer la función disciplinaria en primera instancia y velar porque la misma se cumpla de conformidad con el ordenamiento jurídico.