¿Qué es el sistema de áreas protegidas y cuáles son sus objetivos?
El Sistema de Áreas Protegidas es el conjunto de espacios con valores singulares para el patrimonio natural del Distrito Capital, la Región o la Nación, cuya conservación resulta imprescindible para el funcionamiento de los ecosistemas, la conservación de la biodiversidad y la evolución de la cultura.
(Decreto 190 de 2004)
Las áreas protegidas del orden Distrital son:
1. Santuario Distrital de Flora y Fauna.
2. Área Forestal Distrital
3. Parque Ecológico Distrital
Los objetivos del Sistema de Áreas Protegidas del Distrito Capital son:
- Preservar y restaurar muestras representativas y de tamaño biológica y ecológicamente sostenible, de los ecosistemas propios del territorio distrital.
- Restaurar los ecosistemas que brindan servicios ambientales vitales para el desarrollo sostenible.
- Garantizar el disfrute colectivo del patrimonio natural o paisajístico acorde con el régimen de usos de cada una de las áreas que lo componen.
- Promover la educación ambiental y la socialización de la responsabilidad por su conservación.
- Fomentar la investigación científica sobre el funcionamiento y manejo de los ecosistemas propios del Distrito Capital.
Teniendo en cuenta lo establecido en el Artículo 54 Parágrafo 1 del Plan de Ordenamiento Territorial - POT, Decreto 555 de 2021, para los Parques Distritales Ecológicos de Montaña- PDEM el régimen de usos es el siguiente:
Usos principales | Usos compatibles | Usos condicionados | Usos prohibidos |
Conservación, Restauración: Restauración de ecosistemas, recuperación de ecosistemas, rehabilitación de ecosistemas. Conocimiento: Educación ambiental, investigación y monitoreo | Sostenible: Aprovechamiento de los frutos secundarios del bosque y actividad de contemplación, observación y conservación | Restauración: Medidas estructurales de reducción del riesgo y obras para el mantenimiento, adaptación y recuperación de las funciones ecosistémicas ¿ caudales. Sostenible: Ecoturismo, viverismo, agricultura urbana y periurbana y puntos de la tierra. | Todas las actividades que no se encuentren en los usos principales compatibles o condicionados |
De acuerdo a lo anterior, NO está permitido el ingreso de mascotas a estos escenarios, ya que son áreas de gran importancia ecosistémica, que aportan a la conservación de la biodiversidad y los servicios ambientales, la conectividad ecológica y a la resiliencia climática de los entornos urbanos, rurales y de transición a escala local y regional.