Por inadecuado uso de publicidad exterior visual, Secretaría de Ambiente impone sellos a dos establecimientos
Por inadecuado uso de publicidad exterior visual, Secretaría de Ambiente impone sellos a dos establecimientos
- El llamado para los comerciantes es para que no violen las normas ambientales y de publicidad exterior visual.
- En las fachadas únicamente está permitido emplear un aviso por establecimiento, el cual debe contar con registro ante la Secretaría de Ambiente, previo a su instalación.
- Pendones y pasacalles solo pueden ser utilizados con fines culturales, deportivos y actividades cívicas.
- Los interesados en conocer sobre publicidad exterior visual pueden visitar: https://www.ambientebogota.gov.co/web/sda/manual-pev
Bogotá, 19 de octubre de 2022. (@AmbienteBogota). En un operativo de control realizado por la Secretaría de Ambiente, con el apoyo de la Alcaldía Local de Chapinero y la Policía Ambiental y Ecológica, se realizó la imposición de dos medidas preventivas en flagrancia a dos establecimientos por incumplir la normatividad en materia de publicidad exterior visual.
Los dos establecimientos, uno dedicado a la comercialización de muebles y decoración; mientras que el otro, a la venta de comidas, estaban utilizando elementos de publicidad sin los respectivos registros.
"En los últimos días realizamos un operativo de control a este establecimiento que incumple la normatividad ambiental, impusimos sellos y el establecimiento deberá retirar los elementos. Así, adoptamos medidas sobre los establecimientos que incumplen la normatividad en publicidad exterior e invitamos a todos los comercios a que cumplan con la normatividad para que se eviten sanciones", dijo la secretaria de Ambiente, Carolina Urrutia.
Pendones, rompetráficos, banderines y avisos en fachadas son algunos de los elementos publicitarios que están utilizando estos dos establecimientos que no están permitidos y no cumplen con las especificaciones técnicas contempladas en el Decreto 959 de 2000.
"Hicimos un operativo de control a la publicidad exterior visual ilegal en el sector de la 98 con 15, localidad de Chapinero. Encontramos varios elementos que están irregulares o que no cuentan con registro, específicamente en dos establecimientos, en los cuales procedimos a imponer una medida preventiva de suspensión de actividades a los avisos y elementos de publicidad que están indebidamente utilizados", aseguró Rodrigo Manrique, director de Control Ambiental de la Secretaría de Ambiente.
Después del operativo de control y de la imposición de medidas, estos establecimientos deben retirar los elementos publicitarios y adelantar los trámites respectivos ante la autoridad ambiental para utilizar la publicidad exterior visual permitida. De igual manera, la Policía y la Alcaldía Local de Chapinero impusieron un comparendo a uno de los establecimientos por utilizar publicidad en espacio público.
"La Policía y la Alcaldía Local procedieron a la imposición de un comparendo por la instalación de publicidad exterior visual en espacio público de forma ilegal. Legalizaremos la medida, la pondremos en conocimiento de los infractores y evaluaremos la apertura del proceso sancionatorio en cumplimiento de la Ley 1333 de 2009", puntualizó Rodrigo Manrique.
La Secretaría de Ambiente hace un llamado a todas las personas y marcas comerciales que deseen utilizar publicidad exterior visual como murales, vallas, afiches, avisos, tableros electrónicos, pasacalles, pendones, colombinas, carteleras, mogadores y globos, entre otros, para que se ajusten al marco legal y cumplan con los requerimientos técnicos que están dispuestos en la reglamentación.
Los establecimientos de comercio, industria o servicios que incumplan la normatividad ambiental en materia de publicidad exterior visual podrán ser objeto de medidas preventivas de suspensión de actividades y retiro inmediato de los elementos, además de la imposición de multas que pueden alcanzar hasta los 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, como lo establece la Ley 1333 de 2009.