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Selladas tres empresas por incumplir normas ambientales en Bogotá

Directora de Gestión Ambiental sellando maquinaria

  • Una de las industrias, Laboratorio Bienes LTDA, fue sorprendida en flagrancia vertiendo químicos a la red de alcantarillado del occidente de Bogotá.
Bogotá, abril 26 de 2019. En las últimas horas la administración del Alcalde Enrique Peñalosa realizó operativos de control y seguimiento en el occidente de la ciudad, donde fueron sellas las actividades de dos empresas del grupo Samaro, además de otra industria dedicada a la fabricación de productos químicos.
La primera suspensión de actividades se realizó a la empresa Tratar Ambiental S.A.S. por incumplir los términos de la licencia ambiental establecidos mediante la resolución 2848 de 2015. Esta empresa no pudo garantizar el cumplimiento en la recepción de lodos y aguas hidrocarburadas, al igual que su disposición final.
 
La segunda empresa intervenida, Soluciones Tecnológicas Ambientales, se le impuso medida preventiva de suspensión de actividades por recepción de residuos y aguas para su posterior tratamiento y fabricación de materia prima para la elaboración fertilizantes orgánicos. Esta industria estaba recibiendo aguas residuales de un tercero sin la debida autorización, generando así un producto ilegal. 
 
Asimismo, un equipo técnico de la Secretaría de Ambiente logró identificar, en flagrancia, una tercera empresa, Laboratorios Bienes LTDA,  realizando descargas a la red de alcantarillado del sector. Al momento de la inspección se evidenció el vertimiento de productos químicos (para el lavado de baños portátiles) sin contar con los permisos que demostraran la legalidad de esta actividad.
 
"Seguiremos ejerciendo la autoridad ambiental en Bogotá. Por consiguiente, las empresas que no cumplan con la normatividad ambiental serán cerradas y multadas. Los habitantes de Bogotá merecemos un medio ambiente sano". Indicó Francisco Cruz, Secretario de Ambiente de Bogotá.
 
La autoridad Ambiental iniciará los respectivos procesos sancionatorios según lo establecido en la Ley 1333 de 2009, cuyas multas pueden llegar hasta los 3.600 millones de pesos.