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Generadores de residuos hospitalarios son responsables solidarios sobre la correcta disposición
Generadores de residuos hospitalarios son responsables solidarios sobre la correcta disposición
- La Secretaría de Ambiente iniciará un proceso sancionatorio en contra de una droguería que realizó una inadecuada gestión de los residuos en Suba.
- Clínicas, consultorios, droguerías, peluquerías, centros de estética, establecimientos de tatuajes y demás generadores deberán contratar el servicio con un gestor autorizado.
- Los gestores deberán estar autorizados por la autoridad ambiental para prestar el servicio.
Bogotá, 11 de febrero de 2022. (@AmbienteBogota). Los generadores de residuos hospitalarios en la ciudad deberán garantizar el adecuado manejo y gestión externa de los elementos que resulten de su actividad, además, son responsables solidarios del transporte, tratamiento y disposición final con un gestor externo autorizado.
Desde el pasado 1 de febrero el modelo de recolección de residuos hospitalarios cambió en Bogotá, ahora los generadores deben contratar un gestor autorizado. En los últimos días, la Secretaría de Ambiente identificó una droguería en Suba que no estaba haciendo el manejo adecuado, infringiendo así la normatividad ambiental.
Los generadores que no garanticen una adecuada cadena de gestión de residuos hospitalarios y similares, permitiendo fugas en cualquier eslabón de la cadena, se expondrá a sanciones y multas, como lo establece la Ley 1333 de 2009.
El manejo de residuos hospitalarios y similares debe tener un manejo especial y diferenciado, por eso no pueden ser mezclados con residuos ordinarios, ya que pueden generar un riesgo para la salud y los ecosistemas, de allí la importancia de hacer un buen tratamiento a lo largo de la cadena de generación, transporte, tratamiento y disposición final.
La resolución 05262 de 2021 establece que todas las personas o establecimientos que llevan a cabo actividades que tengan que ver con el manejo de residuos hospitalarios y similares, deberán realizar solicitud de inscripción en el registro de generadores de este tipo de desechos ante la Secretaría de Ambiente. A la fecha hay más de 1.700 registrados ante la entidad.
La Secretaría de Ambiente hace un llamado para que todas las personas o empresas que hacen parte de esta cadena, para que conozcan las nuevas directrices y cumplan con la normatividad ambiental en esta materia. La autoridad ambiental mantendrá las acciones de control y seguimiento sobre los generadores de estos residuos.
La Secretaría de Ambiente realiza constantes visitas de control y seguimiento a los establecimientos que trabajan con residuos hospitalarios. Foto: Comunicaciones, Secretaría de Ambiente.
Para conocer toda la información acerca del nuevo manejo de residuos hospitalarios, los ciudadanos pueden entrar al siguiente enlace: https://ambientebogota.gov.co/informacion-para-generadores-de-residuos-hospitalarios-y-similares
¿Cómo realizar la inscripción?
El trámite lo pueden realizar en línea, a través de la página www.ambientebogota.gov.co en el botón de transparencia que se encuentra en la barra de inicio. Una vez el usuario ingrese, debe dar clic en le opción 'Guía de trámites y SUIT', posteriormente buscar la opción # 31. Inscripción en el registro de generadores de residuos o desechos peligrosos.
Las personas deberán diligenciar el formulario completamente con la información propia de su actividad. Los interesados tienen que incluir la carta de solitud y/o anexo 1, Cámara de Comercio o representación legal actualizada, fotocopia de la cedula de ciudadanía, en caso de ser apoderado, y el poder debidamente legalizado.
Es de resaltar que las comunicaciones se harán a través del aplicativo ¿Realice sus Trámites en línea¿, por lo que el solicitante debe estar ingresando constantemente para revisar su estado.
El proceso de inscripción se deberá realizar durante los próximos meses y de acuerdo con los últimos dos dígitos de los documentos de identificación (NIT o cédula de ciudadanía), quedando la programación de la siguiente manera:
Dos últimos dígitos del NIT y/o cédula de ciudadanía (sin tener en cuenta el dígito de verificación) | Fecha máxima para realizar el registro ante la Secretaría Distrital de Ambiente ¿ SDA |
00 - 20 | Desde la fecha de expedición de la resolución hasta el 28 de febrero de 2022 |
21 - 40 | Desde el 1 de marzo hasta el 30 de abril del 2022 |
41 - 60 | Desde el 1 de mayo hasta el 30 de junio del 2022 |
61 - 80 | Desde el 1 de julio hasta el 30 de agosto de 2022 |
81 - 99 | Desde el 1 de septiembre hasta el 30 de octubre de 2022 |