P E V

Para las solicitudes de registro de Vallas Comerciales, se debe anexar como informacion adicional, el Chip del predio donde se ubicará el elemento, el cual es dado por la Unidad Administrativa Especial del Catastro Distrital.

La publicidad exterior en el Distrito Capital es de obligatorio registro ante la SDA para todos los elementos publicitarios, esta regido por el decreto 959 de 2000, reglamentado con el Decreto 506 de 2003. 

En las oficinas de la SDA se presta atención personalizada para resolver cualquier inquietud o indicar la ubicación de la publicidad en la fachada del local comercial, lo anterior no tiene ningún costo adicional.

La Secretaría Distrital de Ambiente como entidad gestora de las políticas ambientales del Distrito Capital, busca determinar la forma, procedimiento y ubicación de la publicidad exterior visual indicando las zonas en donde está permitida o prohibida su exhibición al igual que las responsabilidades que

Control y seguimiento solicitud vallas comerciales zonas 1 y 4

Control y seguimiento vallas comerciales reapertura zonas 2 y 5

Control y seguimiento solicitud vallas comerciales zonas 3 y 6

 

 


Recomendaciones

1. El procedimiento para el pago correspondiente al valor de la evaluación sigue siendo el mismo. Lo único que varía es el valor que actualmente asciende a la suma de un millón trescientos ochenta y cuatro mil pesos ($1.384.000) por elemento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Resolución 930 de 2008.

Este valor como se ha venido haciendo, y tal como se indicó en los anuncios de prensa publicados el domingo 11 y lunes 12 de mayo del presente año, en los diarios El Tiempo y El espectador, respectivamente, debe efectuarse en la ventanilla No. 2 del Supercade de la carrera 30 con calle 26, previo diligenciamiento del formato para el recaudo de conceptos varios, que se entregaráen el edificio sede de la Secretaría o en los Cade y Supercade donde la Secretaría tiene puntos de atención.

2. La cartografía a que se refiere el literal (a) del Numeral 3 del Artículo sexto de la Resolución 0931 de 2008, podrá ser obtenida de cualquier fuente respetando la escala 1:5000, ajustado a las coordenadas de origen Bogotá.

3. El estado de alerta amarilla para el tema de la publicidad exterior visual fue prorrogado en virtud de la expedición del Decreto 136 del 8 de mayo de 2008 suscrito por el Alcalde Mayor, que, dicho sea de paso, reanudó el proceso de radicación de solicitud de registro para vallas comerciales.

Normatividad y Documentos para descarga

 

Ver aviso de prensa Mayo 11 de 2008


Informes de gestión - Grupo de Publicidad Exterior Visual, Subdirección  de Calidad del Aire, Auditiva y Visual

 

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