Para las solicitudes de registro de Vallas Comerciales, se debe anexar como informacion adicional, el Chip del predio donde se ubicará el elemento, el cual es dado por la Unidad Administrativa Especial del Catastro Distrital.
La publicidad exterior en el Distrito Capital es de obligatorio registro ante la SDA para todos los elementos publicitarios, esta regido por el decreto 959 de 2000, reglamentado con el Decreto 506 de 2003.
En las oficinas de la SDA se presta atención personalizada para resolver cualquier inquietud o indicar la ubicación de la publicidad en la fachada del local comercial, lo anterior no tiene ningún costo adicional.
La Secretaría Distrital de Ambiente como entidad gestora de las políticas ambientales del Distrito Capital, busca determinar la forma, procedimiento y ubicación de la publicidad exterior visual indicando las zonas en donde está permitida o prohibida su exhibición al igual que las responsabilidades que
Control y seguimiento solicitud vallas comerciales zonas 1 y 4
Control y seguimiento vallas comerciales reapertura zonas 2 y 5
Control y seguimiento solicitud vallas comerciales zonas 3 y 6
Recomendaciones
1. El procedimiento para el pago correspondiente al valor de la evaluación sigue siendo el mismo. Lo único que varía es el valor que actualmente asciende a la suma de un millón trescientos ochenta y cuatro mil pesos ($1.384.000) por elemento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Resolución 930 de 2008.
Este valor como se ha venido haciendo, y tal como se indicó en los anuncios de prensa publicados el domingo 11 y lunes 12 de mayo del presente año, en los diarios El Tiempo y El espectador, respectivamente, debe efectuarse en la ventanilla No. 2 del Supercade de la carrera 30 con calle 26, previo diligenciamiento del formato para el recaudo de conceptos varios, que se entregaráen el edificio sede de la Secretaría o en los Cade y Supercade donde la Secretaría tiene puntos de atención.
2. La cartografía a que se refiere el literal (a) del Numeral 3 del Artículo sexto de la Resolución 0931 de 2008, podrá ser obtenida de cualquier fuente respetando la escala 1:5000, ajustado a las coordenadas de origen Bogotá.
3. El estado de alerta amarilla para el tema de la publicidad exterior visual fue prorrogado en virtud de la expedición del Decreto 136 del 8 de mayo de 2008 suscrito por el Alcalde Mayor, que, dicho sea de paso, reanudó el proceso de radicación de solicitud de registro para vallas comerciales.
Normatividad y Documentos para descarga
- Comunicado Publicidad Exterior Visual
Revisión de criterios para evaluación técnica en proceso de Vallas Comerciales - Resolución 4462 de 2008
Por la cual se establece el indice de afectación paisajistica de los elementos de publicidad exterior visual en el Distrito Capital. - Estado del trámite de solicitud de registro de de registro de solicitudes de vallas
ZONAS 2 Y 5 (19 DE MAYO AL 03 DE JUNIO DE 2008)
Descargar documento PDF - Resolución No, 5453, Por la cual se regulan las condiciones y requisitos de ubicaciòn de pendones y pasacalles en el Distito Capital
- COMUNICADO PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL
Teniendo en cuenta las medidas especiales adoptadas mediante la Resolución 927 de 2008, y atendiendo lo indicado en la Resolución 931 de 2008, la Dirección Legal Ambiental informa, que para el caso específico de la solicitud de prórroga de las vallas comerciales que cuentan con registro vigente, las cuales corresponden ÚNICAMENTE a las que están relacionadas y georeferenciadas en la página de Internet de la Secretaría Distrital de Ambiente "www.secretariadeambiente.gov.co", en el icono denominado "Publicidad Exterior Visual", los responsables de las citadas vallas, deberán solicitar su prorroga dentro de los treinta (30) días anteriores a la fecha del vencimiento del actual registro, tal y como se establece en el inciso final del Artículo 5º de la Resolución 931 de 2008.La solicitud de prórroga se deberá radicar en la Dirección Legal Ambiental, ante el Coordinador de Publicidad Exterior Visual, ubicada en la carrera 6 No. 14 – 98 Bloque A Piso 12, en el formato establecido por la Secretaría de Ambiente, con el lleno de los requisitos legales y la documentación establecida para ello en la citada Resolución 931 de 2008.Lo anterior, independientemente del actual proceso de solicitud de registro de vallas comerciales que no cuentan con registro, que se está llevando a cabo en las zonas y fechas establecidas en la Resolución 999 del presente año.
- Resolución 0931 de 2008
- Resolución 0930 de 2008
- Resolución 0999 de 2008
- Resolución 0927 DE 2008
- Descargar mapa de vallas registradas (formato PDF)
- Descargar Mapa de Zonificación de la Publicidad Exterior Visual
- Manual
- Normatividad
- Vallas desmontadas
Ver aviso de prensa Mayo 11 de 2008
Informes de gestión - Grupo de Publicidad Exterior Visual, Subdirección de Calidad del Aire, Auditiva y Visual
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