Acción Climática

HOJA DE RUTA PLAN DE ACCIÓN CLIMATICA

El cambio climático dejó de ser asunto del futuro y, como la mayor parte de las ciudades del mundo, Bogotá se ha visto afectada por eventos climáticos atípicos que constatan la urgencia de lograr un compromiso de todas y todos sus ciudadanos. 

En materia de acción climática, la organización Carbon Disclosure Project (CDP) reconoció a Bogotá como una de las 119 ciudades del mundo, líderes en materia de acción climática por la implementación de medidas de mitigación y adaptación del cambio climático, según su reporte. Ver documento aquí. 

Por otro lado, la Administración es consciente del impacto y la urgencia de enfrentar vigorosamente esta problemática, por tal razón, desde febrero de 2020 se promovió la declaración de crisis climática conjunta con los departamentos de Cundinamarca, Boyacá, Meta y Tolima. Esta incluyó diez mandatos decisivos para tomar acción y buscar la transparencia en el reporte de los objetivos trazados.

Así mismo, el Concejo de Bogotá declaró la emergencia climática de la ciudad mediante el Acuerdo 790 de 2020 y, en la misma norma, se reconoce la emergencia como un asunto prioritario de gestión pública y se definen lineamientos para la adaptación, mitigación y resiliencia frente al cambio climático. 

La ciudad también elaboró en el mismo año un Plan de Acción Climática (PAC) que fue el insumo técnico para la formulación de la Política Pública de Acción Climática Bogotá 2050, instrumento que tuvo vigencia en septiembre de 2023, luego de su aprobación en el Consejo Distrital de Política Económica y Social del Distrito Capital (Conpes D. C.).

La Política Pública de Acción Climática establece los mecanismos que permiten enfrentar la crisis climática. Cuenta con un plan de acción propio que articula diferentes instancias e instrumentos para que Bogotá logre cumplir la ambiciosa agenda propuesta de mitigación y adaptación al cambio climático. Las acciones basadas en evidencia técnica y científica, cuidadosamente construidas y propuestas a la ciudad, deben llevar a la reducción progresiva de las emisiones para que la ciudad alcance la neutralidad en carbono en el 2050. Además, se busca que Bogotá sea capaz de adaptarse a las situaciones adversas generadas por el cambio climático y recuperarse de forma positiva a sus impactos. 

La Política de Acción Climática cuenta con un plan de acción que se compone de 9 resultados y 61 productos, con énfasis en acciones de mitigación de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y adaptación a los efectos del cambio climático, gobernanza y gestión del conocimiento. Su periodo de implementación va del 2023 hasta el 2050.

 Algunos datos claves se observan a continuación: 

Objetivo general: impulsar a 2050 la neutralidad en carbono, la resiliencia y la adaptación climática en Bogotá´ D.C.

 
Por consiguiente, la Política es el instrumento acelerador de la acción climática en el Distrito, el cual consideró los enfoques ambiental, territorial, diferencial-poblacional, de género y de derechos humanos; beneficiando a toda la población del Bogotá y su territorio urbano y rural. Tiene en cuenta los puntos críticos y factores estratégicos identificados para la ciudad a partir del proceso de participación que se surtió en el que contribuyeron gremios y empresarios; ONG; expertos académicos; instancias del Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático; grupos etarios y étnicos; entidades públicas y la ciudadanía en general.
 
Es importante mencionar que el insumo técnico en materia de mitigación fue el Inventario de Gases Efecto Invernadero (Ingei) y en materia de adaptación la Evaluación de Riesgos Climáticos (ERC) que se detallan en el módulo asociado.
 
Para conocer más acerca de la Política Pública de Acción Climática (Conpes 31) puede consultar los siguientes documentos:
 
 
Conozca el documento completo de la Política Pública de Acción Climática en la página del Conpes disponible en el siguiente enlace: 
 
 
o Documentos complementarios Política Pública de Acción Climática:
 
Es importante mencionar que la ciudad viene trabajando en una serie de instrumentos que facilitan la gestión y funcionan como hoja de ruta como el Decreto Distrital 555 del 29 de diciembre del 2021 "Por el cual se adopta la revisión general del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) de Bogotá", el Plan Aire Bogotá 2030 y el Acuerdo del Concejo de Bogotá 790 de 2020.
 
POT: es el instrumento de planificación para el ordenamiento territorial de Bogotá a 2035, este permite orientar el desarrollo físico del territorio y la utilización o usos del suelo. Las disposiciones del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) aplican para toda la jurisdicción del Distrito en sus suelos urbano, rural y de expansión urbana. 
Este contiene la hoja de ruta para organizar Bogotá, mediante un modelo de ocupación encaminado hacia el desarrollo sostenible del territorio, incluyendo buenas prácticas de ordenamiento y urbanismo. Así mismo, como se indica en su documento técnico de soporte, permitió definir las condiciones del ordenamiento; entendiendo las particularidades del territorio; sus desafíos ambientales, sociales, culturales y económicos; y los lineamientos que actúan como catalizadores para impulsar las oportunidades de desarrollo sostenible, equitativo y equilibrado. 
 
Conozca el documento completo en: https://www.sdp.gov.co/micrositios/consulta-pot
 
Plan Aire 2030: busca disminuir los niveles de contaminación en la atmósfera de la ciudad y funciona como hoja de ruta proyectada a 10 años, tiempo en el cual se espera que la ciudad logre cumplir con los estándares internacionales de calidad del aire, mediante el cambio de hábitos de los ciudadanos. Dicho plan cuenta con una serie de metas de reducción de material particulado PM 2.5 y PM10 verificable.  
 
 
En cumplimiento del Acuerdo 790 de 2020 por el cual se declara la emergencia climática en la ciudad de Bogotá, la Secretaría Distrital de Ambiente ha liderado el proceso de consolidación de los avances desarrollados por las diferentes entidades del Distrito para los 10 mandatos y 53 acciones estratégicas establecidas, vigente desde el 29 de diciembre de 2020 y cada 24 de octubre se participa en el foro de rendición de cuentas tal como lo establece el Artículo 9 de este decreto.
 
Así mismo, desarrolló el proceso de creación del Panel Distrital de Cambio Climático, en tal medida se expidieron las normas a saber: 
 
  • Decreto 191 del 17 de mayo de 2022 "Por medio del cual se establece Ia conformación y el funcionamiento del Panel Distrital de Cambio Climático". 
  • En cumplimiento del parágrafo 2 del artículo 2 de la norma citada anteriormente, la Secretaría Distrital de Ambiente expidió la Resolución 4873 de 2022 "Por la cual se definen los mecanismos de selección de los integrantes del Panel Distrital de Cambio Climático" y en sus artículos 2 y 3 se especifica el proceso de selección.
Conjuntamente, la Secretaría Distrital de Ambiente en su compromiso por asegurar el derecho a la participación ciudadana y reconociendo la función crucial de la Veeduría Climática como un mecanismo independiente de supervisión y control social, ha llevado a cabo una serie de sesiones con los miembros de esta, cuyo propósito es informarle sobre los avances y progresos alcanzados para dar cumplimiento a lo establecido en el Acuerdo 790 de 2020. 
 
Durante estas reuniones, se ha brindado un espacio abierto y transparente para que los miembros de la Veeduría Climática puedan expresar sus inquietudes, realizar preguntas y aportar sus apreciaciones en relación con el seguimiento y cumplimiento del acuerdo. Adicionalmente, a estas sesiones informativas, se han generado espacios para que los miembros de la veeduría participen activamente.   
 
Conozca el documento completo del Acuerdo 790 de 2020: 
 
Además, los reportes anuales radicados ante el Concejo de Bogotá. Informe de avance
 
Acuerdo 790 de 2020 años 2021, 2022 y 2023